Guatemala, 5 May (Cerigua).- El libre acceso a la información pública es uno de los pilares del derecho a la información, toda vez que garantiza que los medios de comunicación social pueden buscar, investigar y obtener datos y evidencias en los registros y oficinas públicas, en cualquier tiempo y de manera irrestricta.
De acuerdo con el editorial de elPeriódico, el derecho a la información es inherente a la sociedad misma, la que, de manera directa o indirecta, tiene derecho a desentrañar y conocer la verdad de lo que sus representantes o delegados hacen en su nombre o que determinan las actuaciones públicas.
Nuestra Constitución no solamente reconoce que la información estatal es pública, sino que también garantiza el libre acceso a las fuentes de información en el sector público; asimismo, prohíbe a cualquier autoridad limitar ese derecho.
En Guatemala, la falta de un procedimiento judicial expedito para hacer efectivo el acceso a la información pública, en los casos en que se obstruya u obstaculice su obtención y la falta de delimitación y temporalidad del secreto de Estado, no sólo dificultan y hacen nugatoria la garantía de acceso a la información pública, sino que permiten que las autoridades o funcionarios decidan discrecionalmente sobre el acceso a las fuentes de información.
Por ende, es imperativo que se emita una ley que asegure un procedimiento judicial expedito al que pueda acudir cualquier persona, especialmente los periodistas y comunicadores sociales, cuando se les niegue el acceso a la información pública y delimite y temporalice el secreto de Estado, señala la opinión oficial de elPeriódico.
Un acceso efectivo a la información pública asegurará que la ciudadanía esté más cerca de los órganos e instituciones estatales y que pueda controlar sus decisiones y actuaciones, concluye el editorial.
Fin Cerigua
Mc-Ld
No hay comentarios:
Publicar un comentario